A raíz de la publicación el pasado 8 de febrero de 2021 en el DOGV del Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana, tanto en el sector del autocaravanismo como en la comunidad camper, surgieron dudas y preocupación por que se pudiese estar prohibiendo de facto la pernocta en todo el territorio de la Comunidad Valenciana.
El punto más polémico de decreto, y por el que la comunidad camper comenzó a movilizarse, es el articulo 2, punto 5, en el que se define el ámbito de aplicación del decreto “Asimismo, y sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2.4 de este decreto, a los efectos de proteger y salvaguardar los recursos naturales y medioambientales existentes, y siempre respetando los derechos de propiedad y uso del suelo, no podrán producirse acampadas libres al amparo de la presente norma. Se entiende por acampada libre la instalación eventual de tiendas de campaña, caravanas, autocaravanas u otros albergues móviles o medios de alojamiento con intención de permanecer y pernoctar en lugares distintos a los establecimientos regulados en este decreto.”
A pesar de las dudas generadas en el sector, lo cierto es que el objeto del polémico decreto, es el de regular el alojamiento turístico en establecimientos, entre los que se encuentran los campings y áreas de pernocta, y en ningún caso regula el estacionamiento ni la pernocta en la vía publica, puesto que la Dirección General de Turismo de la Generalitat Valenciana carece de competencias en esta materia y además iría en contra de lo establecido en el Reglamento General de Circulación y la Instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico.
Con el fin de evitar confusiones, y posibles interpretaciones arbitrarias del decreto publicado, la Dirección General de Turismo, publicó una nota aclaratoria el día 15 de febrero, donde indica que “se excluye de la aplicación el estacionamiento con o sin intención de pernocta de las autocaravanas, puesto que no prohíbe ni regula el estacionamiento de estos vehículos dado que dicha cuestión no es competencia de la administración turística“. Por lo tanto, queda aclarado que el citado decreto no regula el estacionamiento, al carecer de competencias, y que por lo tanto, se podrá seguir estacionando y pernoctando, como hasta la fecha.
Por lo tanto, es importante diferenciar entre acampada (prohibida fuera de los campings y áreas de pernocta) y estacionamiento para pernoctar. Para ello, la Dirección General de Tráfico, publicó la Instrucción 08/V-74 de la Dirección General de Tráfico, donde se indica que:
“No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada o el estacionamiento de un vehículo, por lo que esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.”
En resumen, a pesar de la alarma que surgió en el sector del autocaravanismo por la publicación del Decreto 10/2021, de 22 de enero, del Consell, de aprobación del Reglamento regulador del alojamiento turístico en la Comunitat Valenciana, esta norma prohíbe el estacionamiento y la pernocta en la Comunidad Valenciana, que se podrá seguir realizando como hasta ahora, siempre y cuando estacionemos en lugares permitidos y cumplamos con lo establecido en el Reglamento General de Circulación.
Si quieres más información sobre este tema, te recomiendo que leas el artículo de Juan Antonio Tavara, Aparcar y pernoctar libremente en la Comunidad valenciana, publicado en www.furgosfera.com